Esta calculadora muestra los aranceles para gastos administrativos y para honorarios de árbitros (vigentes desde el 1 de enero de 2017, por lo que se aplican a las demandas de arbitraje recibidas desde esa fecha).
El resultado será la provisión estimada para gastos de arbitraje (resultado meramente indicativo que no tiene implicaciones legales). Se debe tener en cuenta que:
En caso de que la cuantía del procedimiento sea indeterminada se calculará la provisión de fondos sobre la base de 30.000 euros.
El cálculo de aranceles incluye los derechos de admisión a pagar por el demandante al iniciar el procedimiento (400 euros).
La actuación como autoridad nominadora devengará unos derechos a favor de la Corte de 2.000 € por cada árbitro designado.

  • Liquidaciones de las provisiones de fondos. Una vez iniciado el arbitraje en el caso de que no se continúe el procedimiento la Corte liquidará las provisiones de fondos de la siguiente manera:
    • Antes de designar árbitro: La Corte se quedará entre un 60% y un 50% de la totalidad de las costas que figuren en la calculadora.
    • Una vez designado árbitro se quedará un 70%.
    • Tras la práctica de prueba se quedará un 85%.
    • Redactado el laudo, aunque no esté notificado a las partes no se devolverá ninguna cantidad.