No. El coste de cualquier procedimiento se puede consultar en la calculadora que está en esta página web, y dependerá de la cuantía del procedimiento. La Asociación podrá requerir a las partes cantidades en concepto de provisión de fondos que, terminado el procedimiento, se liquidarán al alza o a la baja según corresponda. En aquellos supuestos en los que la Asociación no haya pedido la provisión de fondos o estos no cubran la totalidad de las costas arbitrales, la Asociación podrá reclamarlas indistintamente a cualquiera de las partes con independencia de la que haya resultado favorecida en el laudo.